jueves, 15 de septiembre de 2011

Humberto Moreira : Radiodifusoras , el tepjf revoca Reglamento de Radio y Televisión

por Humberto Moreira

Por unanimidad, el  Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aplicó un revés al IFE al revocar el Reglamento de Radio y Televisión en materia electoral que acortaba los plazos para que los medios electrónicos difundieran los spots de los partidos, con lo que dio la razón a la Cámara de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) así como al PRI y al PVEM que también impugnaron esa normatividad al advertir que esa normatividad ponía en riesgo las elecciones del 2012.

La CIRT advertía que  para el 2012  habrá 39.2 millones de spots para ser transmitidos, lo que  complicaría la operación de las radiodifusoras y televisoras.

Ayer el tribunal  resolvió que se mantendrá vigente el reglamento publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2008, donde se establece  la entrega de materiales a los concesionarios o permisionarios,  con al menos cinco días hábiles de anticipación, a la fecha en que debieran iniciar su transmisión.

Luego de resolver 303 recursos de apelación, entre ellos los de la CIRT,  los  magistrados explicaron que el IFE no  consultó a las organizaciones de concesionarios y permisionarios ni  a especialistas en la materia, por lo cual ese solo hecho ameritaba la revocación del reglamento que aprobó el Instituto.

Sin embargo tampoco realizó un dictamen de factibilidad, en el que se explicara detalladamente, la experiencia que ha tenido en los procedimientos electorales pasados, así como los escenarios que se esperan para las próximas elecciones, tomando en consideración las condiciones de sustitución de materiales en los extremos máximos y mínimos, entre otros aspectos.

El TEPJF estableció que  si el IFE quiere  reformar o emitir un nuevo Reglamento en materia de Radio y Televisión, deberá consultar a las organizaciones de concesionarios y permisionarios de radio y televisión, así como especialistas en esta materia.

Ello sin que limite, restrinja o condicione el ejercicio de la facultad reglamentaria, que tiene el IFE , en materia de radio y televisión.

Dicho reglamento establecía que  en las precampañas y hasta el día de la jornada electoral, los medios tendrán tres días para subir los anuncios si son notificados por vía electrónica o satelital y 48 horas si los materiales y la notificación son entregados en el domicilio del concesionario.

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