miércoles, 5 de octubre de 2011

Humberto Moreira : Radiodifusoras y spots de AMLO

Por Humberto Moreira 

Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó la resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral (CGIFE) mediante la cual declaró infundada una queja en contra del Partido de la Revolución Democrática (PRD), amonestó a diversas radiodifusoras y multó al Partido del Trabajo (PT), por la presunta contratación de propaganda electoral en diversas concesionarias de radio, a favor de Andrés Manuel López Obrador y el Movimiento Regeneración Nacional (MORENA).

En el proyecto de sentencia, presentado por el magistrado presidente, José Alejandro Luna Ramos, se establece:

1.- Que el IFE no justificó plenamente su determinación de que el PRD no obtuvo beneficio alguno con la difusión de dichos mensajes

2.- No aportó argumentos suficientes para solamente amonestar públicamente a las concesionarias que difundieron los spots

3.- Que debió investigar con mayor detalle la supuesta contratación del PT de 80 promocionales.

Los magistrados María del Carmen Alanis Figueroa, Constancio Carrasco Daza, Manuel González Oropeza, Salvador Nava Gomar y Pedro Esteban Penagos López apoyaron el proyecto de sentencia.

En consecuencia, se dejó sin efecto la sanción impuesta al PT, únicamente por cuanto hace a la supuesta contratación de 80 promocionales denunciados, para que el CGIFE lleve a cabo un nuevo análisis de esos spots, que indebidamente fueron considerados como contratación de tiempo en radio por parte de ese instituto, para determinar si su transmisión fue ilegal, bajo la óptica de una posible adquisición por parte de quien resulte responsable, y emita las sanciones que resulten pertinentes.

Asimismo se ordenó al CGIFE determinar si el PRD debe ser sancionado, y la gravedad de las infracciones de las radiodifusoras para imponer la sanción correspondiente. Los argumentos de Convergencia se declararon infundados e inoperantes, por lo que quedó firme la multa por 538 mil 21 pesos que le impuso dicha autoridad.

Restituyen derechos a presidente de comunidad tlaxcalteca

Por mayoría de 4 votos a 2, los magistrados del TEPJF confirmaron lo ordenado por la Sala Administrativa Electoral (SAE) del Tribunal Superior de Justicia, en el sentido de que el ayuntamiento de Chiautempan, Tlaxcala tome protesta a Fernando Guevara Salazar como presidente de la comunidad “El Alto” en esa alcaldía e integrante de dicho cabildo.

Ello, luego de confirmar la resolución de la SAE con la que revocó el acuerdo del citado ayuntamiento, con el cual negó la toma de protesta e instalación de Guevara Salazar como miembro de esa administración.

Dicho ciudadano denunció vicios en el procedimiento de notificación para presentarse a protestar y asumir el cargo, con lo que se violentó su derecho de ejercerlo; el magistrado Carrasco Daza, en su proyecto de sentencia propuso darle la razón para instalarlo en sus funciones. Los magistrados Alanis Figueroa, González Oropeza y Nava Gomar votaron a favor.

Los magistrados Pedro Esteban Penagos y José Alejandro Luna Ramos, presidente del TEPJF, votaron en contra del proyecto por considerar que Fernando Guevara, si bien estuvo sujeto a un proceso penal y privado de su libertad cuando fue emplazado a presentarse, debió responder de alguna manera al llamado para dejar constancia de su impedimento de acudir.

En otros casos resueltos por separado, se confirmaron el procedimiento de registro de planillas para la elección de quince Consejeros Nacionales del Partido Revolucionario Institucional en Oaxaca; las modificaciones a la convocatoria para la elección de representantes seccionales, de consejeras y consejeros municipales, estatales, del exterior y nacional, así como delegadas y delegados a los Congresos Estatales y al Congreso Nacional del PRD.

Por quedar sin materia, luego de que el PAN respondió las solicitudes de 3 mil 433 ciudadanos, se desecharon igual número de juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano. Estos panistas denunciaron la omisión del Registro Nacional de Miembros de su partido, de dar respuesta a sus escritos de peticiones de registro como miembros activos del mismo.

En sesión pública de este día, la Sala Superior resolvió 1 asunto general; 3 mil 436 juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, y 6 recursos de apelación, que en total suman 3 mil 443 medios de impugnación. Los proyectos del asunto general número 55 y del JDC 5075 y sus acumulados, todos de este año, fueron retirados.

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